A través de un Decreto de Alcaldía firmado este mediodía, el Ayuntamiento establece la prohibición de la realización de obras o trabajos de promoción privada en la vía pública del municipio atendiendo a la declaración del estado de alarma derivada de la crisis sanitaria ocasionada por COVID-19.
El artículo 6 del mismo Real Decreto de estado de alarma establece que cada Administración conservará las competencias que le otorga la legislación ordinaria de sus servicios para adoptar las medidas que estime necesarias en el marco de las órdenes directas de la autoridad competente.
De este modo, en el primer punto del Decreto de Alcaldía explica que se advierte «a las personas promotoras de obras, instalaciones y construcciones que se estén ejecutando en el término municipal de Marratxí de la obligación de garantizar las medidas aprobadas por la Organización Mundial de la Salud y por las autoridades sanitarias estatales y autonómicas, relativas a la prevención y protección contra el COVID19», así como la Orden conjunta de la consejera de Salud y Consumo y de los consellers de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y de Movilidad y Vivienda, de 25 de marzo, por la que se aprueba el Protocolo de medidas preventivas sanitarias para limitar la propagación y el contagio del COVID-19 en el sector de la construcción.
El segundo punto referencia que «no se autorizará a la vía pública la realización de obras o trabajos de promoción privada, a excepción de que sean urgentes y por razones de seguridad o para el mantenimiento de la prestación de servicios básicos».
En las consideraciones preliminares, el documento informa que «la ejecución de obras está actualmente sometida y condicionada al cumplimiento de todas las medidas que la OMS y las autoridades sanitarias estatales y autonómicas han fijado para evitar el contagio del virus. Se considera que se debe hacer una especial mención a estas alturas a la necesidad de cumplir con estas medidas en cualquier caso y para cualquier tipo de obra que se tenga que llevar a cabo. Por otra parte, y en cuanto a las obras a ejecutar en la vía pública, la experiencia demuestra que, en ocasiones, estas obras afectan de forma importante a terceros. Así, la ejecución de las mismas puede suponer el corte de suministros básicos (agua, electricidad …) que en todo caso deben estar garantizados. Esta circunstancia, en tiempos de confinamiento y fragilidad de la salud de la población, adquiere gran importancia, considerando que en estos momentos en ningún caso se han de ver en peligro estos suministros ni ocasionar otras molestias que las imprescindibles».
Asimismo, habla por igual de la afectación a obra pública y privada. «Estas directrices han sido ya valoradas en relación a las obras públicas municipales, considerándose que la afectación del espacio público por parte de obras de promoción privada debe verse igualmente limitada mientras dure el estado de alarma», reza literalmente el documento.